VOLUNTAD ANTICIPADA

Consiste en el documento público suscrito ante Notario, en el que cualquier persona con capacidad de ejercicio y en pleno uso de sus facultades mentales, manifiesta la petición libre, consciente, seria, inequívoca y reiterada de no someterse a medios, tratamientos y/o procedimientos médicos, que propicien la Obstinación Médica.

El Documento de Voluntad Anticipada podrá suscribirlo:

  • Cualquier persona con capacidad de ejercicio
  • Cualquier enfermo en etapa terminal, médicamente diagnosticado como tal
  • Los familiares y personas señaladas en los términos y supuestos de la Ley respectiva, cuando el enfermo en etapa terminal se encuentre de manera
    inequívoca impedido para manifestar por sí mismo su voluntad
  • Los padres o tutores del enfermo en etapa terminal cuando éste sea menor de edad o incapaz legalmente declarado.
  • El nombramiento de un representante para corroborar la realización del Documento de Voluntad Anticipada en los términos y circunstancias determinadas en él
  • La manifestación respecto a la disposición de órganos susceptibles de ser donados.

Requisitos:

  • Ser mayor de edad
  • Presentar identificación oficial
  • Llenar el Formato de Voluntad Anticipada Anexo