¿Qué debo hacer para cancelar mi hipoteca?
Con frecuencia pensamos que por haber terminado de pagar un préstamo con el que se compró una propiedad o se enfrentó algún aprieto económico, la hipoteca que garantizó el préstamo queda cancelada de manera automática. Ello, sin embargo, no es así.
¿Qué debo hacer para cancelar mi hipoteca; quien me ayuda?
La cancelación de la hipoteca que tenemos sobre una propiedad o un bien inmueble, debe hacerse mediante una escritura ante Notario. Éste puede ser cualquier Notario ya que no es necesario que se lleve a cabo ante la misma persona ante la cual se constituyó la hipoteca. Por ley, el usuario del servicio notarial puede elegir libremente a su Notario.
Pasos para cancelarla:
Paso 1
A efecto de obtener la cancelación de la hipoteca es necesario contactar, en primer lugar, al banco o a la institución financiera que otorgó el préstamo. Dicha institución debe indicarnos si ya cuenta con el primer testimonio de la escritura donde conste la cancelación de la hipoteca para que entonces el interesado, la persona que liquidó el préstamo, pueda, mediante su Notario, inscribir ese hecho en el Registro Público de la Propiedad del lugar del inmueble.
Paso 2
Si el banco o la institución financiera que otorgó el préstamo no cuenta aún con el primer testimonio de la escritura donde se consigne la cancelación de la hipoteca, o bien el préstamo se obtuvo de algún particular o por medio de un organismo de vivienda como el INFONAVIT o el FOVISSSTE, será necesario que se gire una carta de instrucciones al Notario que se elija para que se realice la cancelación y ello pueda constar en el Registro Público de la localidad en la que se encuentre la propiedad.
Paso 3
No es suficiente que se tenga una constancia del acreedor en la que se indique que ya no se le debe nada. Es importante llevar a cabo la escritura de cancelación de hipoteca y que la misma se inscriba en el Registro Público. En muchas ocasiones, los bancos o las instituciones financieras llegan a cambiar de nombre o fusionarse con otras instituciones, lo cual puede complicar o cuando menos alargar el proceso de cancelación.
Paso 4
Si bien la institución que otorgó el préstamo está obligada a cancelar la hipoteca cuando el adeudo ha sido pagado, es en el interés del acreditado proceder a solicitar dicha cancelación.
¿Cuánto cuesta?
El tramite tiene un costo muy accesible, el cual, al igual que todos los costos notariales, es fijado por la autoridad local. Es conveniente evitar problemas y retrasos innecesarios para disponer con libertad de la propiedad. Finalmente, es importante mencionar que se puede otorgar testamento y disponer en él del destino de la propiedad sin importar si la hipoteca está cancelada o no en el Registro Público de la Propiedad.